viernes, 7 de octubre de 2011

DIVAGACIONES SOBRE LA BODA DE LA MARQUESA Y SUS REPERCUSIONES SOBRE LA ECONOMIA ESPAÑOLA

Algunas meditaciones sobre la repercusión en la economía española como consecuencia de la boda de la señora duquesa.
Hemos de suponer que el amor  ha unido  dos corazones  en el ocaso de su vida. Al menos por las miradas de la duquesa a su ahora amante esposo así lo perece. En  cuanto al flamante marido, hemos de suponérselo, ya que las muestras de cariño no son tan claras como las de la duquesa.
Pero no queremos hablar de amor sino de economía. O mejor dicho de las repercusiones de la boda de la duquesa en la economía española.
Veamos, de partida para poder celebrar la boda, la señora duquesa ha tenido que repartir sus propiedades entre sus herederos, para poder obtener el beneplácito de estos.



El 4 de julio de 2011, la duquesa adelantó el reparto de su herencia personal, valorada en 1000 millones de euros,39 entre sus seis hijos. Por medio de una donación escriturada ante un notario de Madrid, sus hijos, que se han mostrado conformes y agradecidos con esta decisión, han recibido 110 millones de euros cada uno y han pasado a ser los titulares registrales de sus bienes. Además, Carlos, como primogénito y futuro duque de Alba, recibe el enorme legado artístico atado a la Fundación Casa de Alba, valorado en más de 2000 millones de euros, y los palacios de Liria, Monterrey yDueñas, aunque éste último está ya a nombre de su primogénito, Fernando (n. 1990), como futuro heredero de la casa.40 A pesar del reparto, Cayetana seguirá gerenciando y administrando el patrimonio de los Alba, como usufructuaria del mismo.41

De todos es conocido que la señora duquesa, además de ser la mayor poseedora de títulos del país, también es una de las más poderosas económicamente, lo cual quiere decir que su herederos ha recibido un enorme capital, tanto en dineros como en propiedades de todo tipo.
Cayetana Fitz-James Stuart y Silva,2 comúnmente conocida como Cayetana de Alba, (Palacio de Liria, Madrid, 28 de marzo de 1926)3 es una aristócrata española, XVIII duquesa de Alba, actual jefa de la Casa de Alba y connotada figura social. Es la tercera mujer que ostenta el título por derecho propio dentro de la familia. Cayetana es descendiente directa del Rey Jacobo II de Inglaterra a través de su hijo ilegítimo o bastardo, James Fitz-James, el cual tuvo con su amante Arabella Churchill.
Según el Libro Guinness de los Récords, Cayetana de Alba posee más títulos que ningún otro noble en el mundo legalmente ante un gobierno vigente que los reconoce: es cinco veces duquesa, dieciocho veces marquesa, veinte condesa, vizcondesa, condesa-duquesa y condestablesa, además de ser catorce veces Grande de España. Para una lista completa de todos los títulos que ostenta, consultar el apartado Títulos nobiliarios.

Títulos nobiliarios
Con frecuencia se ha dicho que Cayetana de Alba es veinte veces Grande de España, aunque esto no es cierto. La duquesa llegó a ser dieciocho veces Grande de España antes de que legara a sus hijos cuatro de sus títulos nobiliarios con grandeza, quedándose con cuatro menos. Al parecer los ducados de Huéscar y Aliaga habrían pasado a posesión de sus dos hijos mayores directamente tras la muerte del XVII duque de Alba de Tormes, sin haber estado nunca en sus manos. Además el ducado de Liria y Jérica posee una sola Grandeza, al igual que el condado de Lerín y la dignidad asociada de Condestablesa de Navarra y de Éibar. Por estas razones, Cayetana de Alba es catorce veces Grande de España.
§  Títulos con Grandeza de España:
§  6 Ducados:
§  XVIII duquesa de Alba de Tormes (a partir del 18 de febrero de 1955).18
§  XI duquesa de Berwick; Título de origen inglés. (Concedido de acuerdo a la sucesión española. Vea más detalles en Ducado de Berwick) (a partir del 18 de febrero de 1955).18
§  XVII duquesa de Huéscar, cedido a su hijo Carlos Fitz-James Stuart y Martínez de Irujo, XVIII duque desde el del 23 de abril de 1954, y heredero del título de duque de Alba de Tormes.
§  III duquesa de Arjona (a partir del 18 de febrero de 1955).18
§  XVII duquesa de Híjar (a partir del 31 de diciembre de 1957).19 18
§  XI duquesa de Liria y Jérica (a partir del 18 de febrero de 1955).18
§  XV duquesa de Aliaga, cedido a su hijo Alfonso Martínez de Irujo y Fitz-James Stuart, XVI duque desde el 23 de abril de 1954.20
§  duquesa de Montoro, cedido a su hija Eugenia Martínez de Irujo y Fitz-James Stuart, XI duquesa desde el 24 de noviembre de 1994.
§  1 Condado-Ducado:
§  XIV condesa-duquesa de Olivares (a partir del 18 de febrero de 1955).18
§  2 Marquesados:
§  XVI marquesa de El Carpio (a partir del 18 de febrero de 1955).18
§  marquesa de San Vicente del Barco, cedido a su hijo Fernando Martínez de Irujo y Fitz-James Stuart, XI marqués desde el 26 de enero de 1994.
§  7 Condados:
§  XVII condesa de Aranda (a partir del 31 de diciembre de 1957).18
§  XXII condesa de Lemos (a partir del 18 de febrero de 1955).18
§  XIX condesa de Lerín-condestablesa de Navarra y de Éibar (a partir del 18 de febrero de 1955).18
§  XX condesa de Miranda del Castañar (a partir del 18 de febrero de 1955).18
§  XVI condesa de Monterrey (a partir del 18 de febrero de 1955).18
§  XX condesa de Osorno (a partir del 18 de febrero de 1955).18
§  XVIII condesa de Palma del Río (a partir del 31 de diciembre de 1957).18
§  XXIII condesa de Siruela, cedido a su hijo Jacobo Fitz-James Stuart y Martínez de Irujo, XXIV conde desde el 9 de junio de 1982.
§  XIII condesa de Salvatierra, cedido a su hijo Cayetano Martínez de Irujo y Fitz-James Stuart, XIV conde desde el 26 de enero de 1994.
§  Títulos sin Grandeza de España:
§  17 Marquesados:
§  XII marquesa de La Algaba (a partir del 18 de febrero de 1955).18
§  XII marquesa de Almenara (a partir del 31 de diciembre de 1957).18
§  XXI marquesa de Barcarrota (a partir del 18 de febrero de 1955).18
§  XIII marquesa de Castañeda (a partir del 24 de febrero de 1995).21
§  XIX marquesa de Coria (a partir del 18 de febrero de 1955).18
§  XII marquesa de Eliche (a partir del 18 de febrero de 1955).18
§  XVIII marquesa de Mirallo (a partir del 3 de diciembre de 1986).18
§  XX marquesa de la Mota (a partir del 18 de febrero de 1955).18
§  XX marquesa de Moya (a partir del 18 de febrero de 1955).22
§  XVII marquesa de Orani (a partir del 9 de noviembre de 1991).19
§  XI marquesa de Osera (a partir del 18 de febrero de 1955).22
§  XVI marquesa de San Leonardo (a partir del 18 de febrero de 1955).18
§  XIX marquesa de Sarriá (a partir del 18 de febrero de 1955).18
§  XII marquesa de Tarazona (a partir del 18 de febrero de 1955).18
§  XVII marquesa de Valdunquillo (a partir del 25 de septiembre de 1986).18
§  XXI marquesa de Villanueva del Fresno (a partir del 18 de febrero de 1955).18
§  XVI marquesa de Villanueva del Río (a partir del 18 de febrero de 1955).18
§  13 Condados:
§  XX condesa de Villalba (a partir del 18 de febrero de 1955).18
§  XXV condesa de San Esteban de Gormaz (a partir del 18 de febrero de 1955).18
§  XVIII condesa de Andrade (a partir del 18 de febrero de 1955).18
§  XV condesa de Ayala (a partir del 18 de febrero de 1955).18
§  XIV condesa de Casarrubios del Monte (a partir del 18 de febrero de 1955).18
§  XIV condesa de Fuentes de Valdepero (a partir del 18 de febrero de 1955).18
§  condesa de Fuentidueña (a partir del 18 de febrero de 1955).18
§  XVI condesa de Galve (a partir del 18 de febrero de 1955).18
§  XVII condesa de Gelves (a partir del 18 de febrero de 1955).18
§  XVI condesa de Guimerá (a partir del 6 de septiembre de 2007).23
§  XXV condesa de Ribadeo (a partir del 31 de diciembre de 1957).18
§  condesa de Módica; Título de origen siciliano.24
§  1 Vizcondado:
§  vizcondesa de la Calzada (a partir del 18 de febrero de 1955).22

FUENTE: WIKIPEDIA.

Es de suponer que por tales propiedades de todo tipo tendrán que abonar los consabidos pagos al estado. Y ELLO DEBE SUPONER UNA INMENSA CANTIDAD DE DINERIO SI CONSIDERAMOS QUE UN PUEBLERINO QUE HEREDA DE SUS PADRES UN PISITO EN VALLECAS HA DE PAGAR AL FISCO  EL DINERO QUE SEGURAMENTE NO TIENE.






                                                        PALACIO DE LIRIA EN MADRID

He tu aquí como la boda de la señora duquesa ya comienza a generar ingresos.
Tambien suponemos que tantos dineros en varias manos, serán reactivados y no seguirán apoltronados como los tenia la señora duquesa, que ya no  había tiempo ni figura para especular con sus dineros.  Ello debería también suponer movimientos de capitales y todos sabemos que eso genera pagos a la hacienda publica.
Se seguirán generando ingresos.
El nuevo duque dejará, seguramente, su trabajo habitual lo que supondrá la creación de un nuevo puesto de trabajo para un parado.
Los hijos de la señora duquesa, que todos tienes sus negocios, seguramente los ampliaran, se compraran más caballos ,más tiendas etc,etc, y ello generará, sin duda, más riqueza.
Podríamos hablar de los cuantiosos gastos de la boda, trajes, regalos, agape  etc,etc,  pero eso nos parece cosa menor, aunque también ha generado riqueza.
La prensa, la televisión y demás medios de comunicación hablada  y escrita han aprovechado el evento para rellenar horas de programación y paginas con el consiguiente beneficio. Y lo que seguirán ganando con el tema.
Vemos por tanto como el evento genera riqueza por todos lados.
Y todo ello es pecata minuta comparado con lo que  aún puede generar.

BUEN AMANECER


No hay comentarios:

Publicar un comentario